27 de agosto de 2008

AYUDAS PARA INVESTIGACION-MAFRE

La FUNDACIÓN MAPFRE convoca 75 Ayudas a la Investigación con el objeto de facilitar apoyo económico para la realización de proyectos de investigación en las siguientes áreas: Salud (45 Ayudas), Prevención y Medio Ambiente (20 Ayudas), y Seguros (10 Ayudas).

Las áreas y líneas temáticas sobre las que deberán versar los proyectos de investigación son las siguientes:

Salud, Cirugía ortopédica y traumatología, Daño cerebral y medular, Valoración del daño corporal, Otras áreas: Gestión sanitaria, Prevención, Accidentes en el hogar, centros educativos, ocio y tiempo libre, Prevención de incendios, Protección civil, Riesgos de la naturaleza, Riesgos laborales, Medio Ambiente, Educación medioambiental, Cambio climático, Gestión eficiente del agua, Energías renovables, Ahorro energético, Seguros, Derecho de seguros, Contabilidad y análisis económico-financiero de las compañías de seguros, Análisis técnico actuarial, Gerencia de riesgos, Gestión y organización de entidades aseguradoras.

Las Ayudas a la Investigación están dirigidas a investigadores o equipos de investigación, del ámbito académico y del profesional, que deseen desarrollar programas de investigación en las áreas mencionadas, de forma independiente o en el marco de universidades, empresas o centros de investigación a los que estén adscritos.

El ámbito de la convocatoria se extiende a España, Portugal y los países de Iberoamérica.

Para optar a las Ayudas, los interesados deberán remitir la siguiente documentación:
1. Cuestionario de solicitud que se incluye en esta convocatoria y que se encuentra disponible en www.fundacionmapfre.com

2. Currículum Vitae, con fotografía reciente, del solicitante o solicitantes, con designación del investigador principal cuando se trate de equipos de investigación.

3. Fotocopia de los títulos universitarios u otros títulos de los que se esté en posesión, o en su defecto certificaciones, detallando los centros donde hayan sido cursados.

4. Memoria explicativa del proyecto de investigación que se pretende realizar, con una extensión de cinco a diez folios, incluyendo un presupuesto detallado del mismo. Se descartarán las solicitudes cuyo presupuesto de realización supere la cuantía máxima establecida para las Ayudas y que no contemplen forma de financiación adicional.

5. Si el trabajo se va a desarrollar en el marco de una universidad, empresa o centro de investigación al que el solicitante esté adscrito, se requiere una carta de presentación del responsable del mismo, en la que consten las circunstancias de la adscripción del solicitante. Asimismo, deberá cumplimentarse el formulario que se incluye en esta convocatoria y que se encuentra disponible en www.fundacionmapfre.com, aceptando que el proyecto de investigación se desarrolle en su seno.

6. Si el solicitante está en posesión de cualquier otro tipo de beca o ayuda económica, debe indicar la institución que la concede, el motivo y la cuantía de la misma.

7. En proyectos de investigación del Área de Salud, certificación de la Comisión de Ética del centro en que vaya a realizarse la investigación.

La dotación económica de cada una de las Ayudas será de hasta un máximo de 15.000 euros, más, en los casos que proceda, el coste de la Seguridad Social que, de acuerdo con las previsiones del Real Decreto 63/2006, de 27 de enero, deba abonarse a la universidad o centro de investigación al que esté adscrito el receptor de la Ayuda.

La duración de la Ayuda será de un año natural desde la fecha de su aceptación y formalización.

El importe de la Ayuda se distribuirá durante la realización de la investigación del siguiente modo: 20% a la firma del protocolo de aceptación de la ayuda, el 60% distribuido en dos pagos que se efectuarán al cumplirse el cuarto y el octavo mes posterior a la firma de dicho protocolo, respectivamente, y el 20% restante, a la entrega de la memoria final, todo ello sometido a la normativa fiscal española vigente. Cualquier gasto que se derive de la realización del trabajo será cubierto con dicho importe. Cuando sea necesario por las circunstancias y la dimensión del proyecto de investigación, podrá extenderse la Ayuda por un máximo de un año más, con una dotación similar a la del primer año. En ningún caso se admitirán proyectos a desarrollar en la propia FUNDACIÓN MAPFRE, que no tendrá el carácter de organismo de adscripción.

La evaluación de los proyectos de investigación que se presenten y la concesión de las Ayudas a la Investigación, será realizada por un Comité de Valoración designado por FUNDACIÓN MAPFRE para cada una de las áreas, que contará con el asesoramiento de especialistas en los distintos temas.

En la valoración de los proyectos se tendrán en cuenta los siguientes factores:

Experiencia del solicitante en el tema, Innovación, Calidad científico-técnica, Viabilidad y aplicabilidad social Las decisiones de los Comités de Valoración serán inapelables y, a propuesta de los mismos, FUNDACIÓN MAPFRE podrá declarar desierta la concesión de algunas de las Ayudas convocadas, cuando los proyectos de investigación propuestos no alcancen el nivel requerido. El fallo de la convocatoria, que se hará público en diciembre de 2008, se comunicará a todos los solicitantes y se difundirá en la página web de FUNDACIÓN MAPFRE y, en su caso, a través de los medios de comunicación. Para cada proyecto que obtenga una Ayuda, FUNDACIÓN MAPFRE designará un coordinador que supervisará y orientará la realización del mismo. El receptor de la Ayuda se compromete a mantener contactos periódicos con el coordinador, así como a remitirle informes previos a los pagos en los que se recojan los avances de la investigación. Todos los pagos, a excepción del primero, se efectuarán previo informe del coordinador sobre la evolución del trabajo.

El receptor de la Ayuda deberá presentar en la fecha de su terminación una memoria, redactada en lengua castellana o portuguesa, que contemple la totalidad del trabajo y actividades realizadas, así como sus resultados. Asimismo, deberá presentar un resumen del trabajo en modo de artículo, que se adecuará a las normas de edición de la correspondiente revista de FUNDACIÓN MAPFRE.

FUNDACIÓN MAPFRE se reserva la propiedad y libre disposición de los trabajos, que podrán ser publicados en las revistas especializadas editadas por la Fundación, en la colección "Cuadernos de la Fundación" (Área de Seguros), en forma de libro o en formato electrónico en la página Web de la Fundación. En cualquier caso, los investigadores no podrán realizar publicaciones previas sin permiso escrito de la Fundación. Si FUNDACIÓN MAPFRE no considera oportuna la publicación del trabajo, el receptor de la Ayuda podrá proceder a la misma por su cuenta. Si alguno de los trabajos fuese objeto de tesis doctoral, FUNDACIÓN MAPFRE respetará los plazos establecidos para la presentación y defensa de la misma antes de proceder a su publicación.

El cuestionario de solicitud acompañado de la documentación a la que se refiere la base quinta, deberá remitirse antes del día 10 de octubre de 2008 a:

FUNDACIÓN MAPFRE
Ayudas a la Investigación 2008
Referencia (según proceda):
Salud, Prevención, Medio Ambiente o Seguros
Monte del Pilar, s/n
28023 El Plantío (Madrid) - España

La concesión y aceptación de la Ayuda, así como el desarrollo de los trabajos de investigación, no implican relación laboral alguna con FUNDACIÓN MAPFRE.